\"EL INDICE DE MASA CORPORAL no puede AFECTAR EL DERECHO A TRABAJAR amparado constitucionalmente\"
En autos “M. L. A. C/ DIRECCION GENERAL DE ESCUELAS P/ DAÑOSYPERJUICIOS”, el Tribunal de Gestión Asociada Primero del Poder Judicial de Mendoza condenó a la Dirección General de Educación a la actora $1.350.000 en concepto de daños y perjuicios.
La actora inició demanda por violencia de género luego de que en el año 2004 le negarán un certificado de aptitud psicofísica para trabajar como administrativa y docente por presentar una “patología de sobrepeso”.
Emplazada a sacar un nuevo certificado ante el vencimiento del anterior, la actora obtuvo la calificación de “no apto”, teniendo como motivos la obesidad y un aparente problema en las cuerdas vocales.
Luego de concurrir a un otorrinolaringólogo, a una nutricionista y bajar de peso, logró que tal situación se modificara obteniendo un certificado de apto con preexistencias, fundado como patología única en la obesidad, el 04.01.2013.
A partir de allí, se mantuvo bajo controles nutricionales, logrando bajar alrededor de 10kg., pero a principios del año 2016 y frente a la necesidad de un nuevo certificado de aptitud psicofísica, salud laboral dispuso que era no apta, tanto para las tareas administrativas como para la tarea docente.
“El índice de masa corporal por sí solo no basta de ninguna manera para determinar la existencia de patología de obesidad\\"
Por su parte, la Dirección General de Escuelas se agravió alegando que los padecimientos de la actora fueron consecuencia del estrés sufrido en este momento, donde se detectó el padecimiento de la patología que repunta como causa del daño sufrido.
En subsidio, sostuvo que la demandada no ha ejercido contra la accionante ninguna discriminación que pudiera ocasionarle daño moral, ya que sólo ha señalado la enfermedad crónica que la actora padece, procurando que la misma sea solucionada en protección de la propia actora.
Elevada la causa, el Tribunal de Gestión Asociada Primero del Poder Judicial de Mendoza, con el voto de la magistrada Fabiana Martinelli, admitió el reclamo incoado por la docente y condenó a la DGE a abonar $1.350.000 a la accionante.
Para la jueza, “el índice de masa corporal por sí solo no basta de ninguna manera para determinar la existencia de patología de obesidad, siendo necesarios otros parámetros y estudios que no han sido realizados a la actora o por lo menos, no consta que hayan fundado la no aptitud declarada por los agentes de la demandada”.
En esa línea, agregó que “el proceso que la Sra. Martínez ha acreditado viene realizando desde el año 2002 para poder trabajar como administrativa y docente en la DGE le ha ocasionado un daño injustamente sufrido que el Estado debe reparar, ya que con fundamento en la prevención ha rayado con la discriminación, lesionando severamente no sólo la igualdad, sino todos los derechos constitucionalmente garantizados de la actora”.